Las sucesivas crisis económicas que venimos arrastrando dificultan a personas y familias para salir adelante. Como abogado Ley Segunda Oportunidad en Alicante sé que las deudas son un lastre muy pesado. La Ley de Segunda Oportunidad ofrece luz al final al túnel a muchas personas, y también la aplicamos en este despacho de abogados en Alicante.

Qué es la Ley de Segunda Oportunidad

Conocemos como Ley de Segunda Oportunidad a la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, que modificó al Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal (o Ley Concursal).

En cristiano. La Ley de Segunda Oportunidad modificó la Ley Concursal, permitiendo que una persona pudiera reestructurar su patrimonio y poder vivir «sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer» (del Preámbulo de la Ley de Segunda Oportunidad). Para eso se permitió que las personas pudieran hacer un concurso de acreedores. Antes del 30 de julio de 2015 sólo las empresas podían utilizarlo.

Al introducir esa modificación, se buscaba conseguir que las personas que no pudieran pagar sus deudas pudieran superar esa situación. A la vez se buscaba evitar fraudes, defendiendo los derechos de los diferentes acreedores. Pretende ser un verdadero reinicio para las personas, un reboot a su situación financiera y legal. Uno que realmente funcione.

Con el mecanismo que establece la ley de segunda oportunidad, las personas pueden renacer de entre sus deudas, como un ave fénix mitológico.

Este delicado equilibrio entre nadar y guardar la ropa se mantiene con un procedimiento legal riguroso que comienza exigiendo una serie de requisitos para poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

Requisitos Ley Segunda Oportunidad

Antes de empezar a hacerse ilusiones, hay que saber algo: no vale para todos los casos. Veamos los requisitos que se exigen para aplicar el mecanismo de la ley de segunda oportunidad a las personas:

  • Ser persona física, es decir, un ser humano. No importa la actividad que realice para ganarse la vida. Las empresas no pueden acogerse a este mecanismo porque tienen el suyo propio.
  • Tener deudas con, mínimo, dos acreedores: sean bancos, AEAT, proveedores, Seguridad Social, Ayuntamiento… Incluso otros particulares.
  • Insolvencia, actual o inminente, lo que implica o tener ya deudas impagadas y no poder afrontarlas, o prever que en breve no podrá atender todos los pagos que existen.
  • No tener patrimonio bastante para cubrir todas las deudas. Posiblemente, el requisito más importante. Si se tiene patrimonio, se va a exigir liquidarlo para pagar. Sean pisos, locales, garajes, terrenos, vehículos…
  • Buena fe, que implica poder demostrar que no se trata de un fraude ni se ha sido negligente al contraer deuda. Hay que demostrar los motivos del endeudamiento y proporcionar toda la información necesaria, colaborando con el juzgado. Excluye a quienes:
    • Hayan sido condenados por delitos económicos, contra la Hacienda Pública o los derechos de los trabajadores. Hace falta aportar el certificado de antecedentes penales, por tanto.
    • Si se demuestra que contrajo las deudas sabía que no podría pagarlas, quedará excluido. Se pretende evitar la comisión de fraudes.
    • Como abogado ley segunda oportunidad en Alicante recomiendo que, si no se puede explicar el motivo del endeudamiento de un modo razonable, no se plantee. Por ejemplo, para plantearlo por ludopatía tendríamos que tener antes la incapacitación judicial del ludópata.
  • No Ser Deudor Reincidente: quien se haya acogido a la Ley de Segunda Oportunidad en los últimos cinco años, está excluido. Si sólo tuvo un plan de pagos y reducción de pasivo, deben haber pasado dos años.

Aunque no está entre los requisitos exigidos en la ley, como abogado Ley Segunda Oportunidad en Alicante considero que si las deudas no superan los 10.000€ no va a resultar rentable para la persona. Hay que ser consciente de que el procedimiento implica gastos entre los que están los honorarios de los profesionales que intervienen: por menos importe de deuda puede no compensar.

El proceso de la Ley Segunda Oportunidad

Si cumples los requisitos exigidos, puedes iniciar el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad en Alicante.

Todo comienza con la presentación de la solicitud ante el Juzgado de lo Mercantil. Formulada por Abogado y presentada por Procurador, debe ser exhaustiva y detallada, estando acompañada de toda la documentación requerida. Mucha documentación.

Antes era necesario haber presentado un acuerdo extrajudicial de pagos ante Notario. Ya no se exige.

La solicitud de declaración de concurso debe indicar qué opción se ejercita:

  • Liquidación del patrimonio y cancelación total de deudas: especialmente interesante si las deudas son muy superiores al patrimonio, en esta situación el interesado sabe que perderá su patrimonio (vivienda, vehículo, objetos de valor…) pero quedará libre de CASI sus deudas. Más abajo están las deudas que no son canceladas.
  • Plan de pagos y cancelación parcial de deudas: sistema en el que el Juez valora las deudas que el interesado puede llegar a asumir y establece un plan de pagos de 3 a 5 años de duración. Si se cumple con el plan de pagos, el resto de la deuda queda eliminada. De nuevo, hay deudas que no son canceladas.

El objetivo del procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad es obtener la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI). Consiste en que te perdonen las deudas que no puedes pagar. Que las borren.

Como en la sentencia de la foto.

Qué deudas no son canceladas con Ley Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad pretende liberar a las personas físicas (los autónomos lo son) de esas deudas abrumadoras que les impiden desarrollar una vida normal. Pero no todas las deudas desaparecen. Las que no se perdonan son las siguientes:

  • Deudas por pensiones de alimentos establecidas judicialmente, como las de los hijos tras un divorcio,
  • Deudas con AEAT y Seguridad Social:
    • hasta 5.000€, se cancelan,
    • entre 5.000,01€ y 10.000€, se cancela el 50% de la deuda.
    • esto opera sólo la primera vez que se solicita: para las siguientes, estas deudas no se cancelan.
  • Deudas por responsabilidad civil por accidentes o responsabilidad profesional.
  • Deudas por responsabilidad civil derivada de delito, ni las multas por delitos ni por sanciones administrativas muy graves.
  • Deudas por salarios debidos a los empleados de los últimos 60 días de trabajo y hasta el triple del Salario Mínimo Interprofesional.
  • Honorarios de los profesionales que intervienen en el proceso y las costas judiciales del proceso.
  • Existe una regla especial para las deudas con garantía real (hipoteca) que requiere atención individualizada.

¿Puedo mantener mi vivienda con la Ley de Segunda Oportunidad?

Depende de la opción que se adopte en el caso.

Si se opta por la liquidación del patrimonio, se pierde todo lo que se tenga para pagar las deudas, y así empezar de cero.

Si se opta por un plan de pagos a varios años, no hay otra vivienda y la persona (o familia) quedaría en situación de vulnerabilidad, es posible conseguir que la vivienda se mantenga y no se pierda. Hay que estudiar el caso con atención y plantearlo muy bien. Pero la ley lo permite y ha habido muchos casos en que una persona se ha beneficiado de la Segunda Oportunidad sin perder la vivienda.

En cualquier caso, no se va a mantener una vivienda cuyo valor supere por mucho las deudas. En un caso así, lo normal es perder la vivienda.

¿Puedo mantener mi negocio con la Ley de Segunda Oportunidad?

Esto puede ser más complicado, pero también ha habido casos.

Pequeños autónomos que han mantenido su taller, su furgoneta… Lo imprescindible para continuar su actividad y seguir manteniéndose a ellos mismos y a sus familias.

En estos casos hace falta explicar MUY bien la actividad que se desarrolla, lo que es imprescindible para ella, costes y gastos… todo lo que ayude a que el Juzgado vea que esa persona puede, con esta ayuda, salir adelante.

Una cosa: mantener un coche de alta gama para ir a trabajar no cuela.

Revocación de la cancelación de deudas

Los acreedores que han visto canceladas sus deudas tiene hasta tres años desde que el Juez acuerda la cancelación de deudas (exoneración), sea total de parcial, en los siguientes casos:

  • si se han ocultado bienes, ingresos o derechos del deudor,
  • si en ese plazo de tres años mejora sustancialmente la economía del deudor por herencia, loterías o similares (pero no por el fruto de su trabajo),
  • si estuviera en tramitación proceso judicial penal o administrativo y recayera sentencia o resolución firme por delitos económicos o por infracciones tributarias, de Seguridad Social o del orden social muy graves.

El papel de un Abogado Ley Segunda Oportunidad Alicante

Esto opinan mis clientes de mi trabajo:

La Ley de Segunda Oportunidad es un faro de esperanza para aquellos que buscan recuperarse de una mala etapa financiera. Es fundamental comprender los requisitos y el proceso legal intrincado que implica. No dejes que las deudas te aprisionen; recobra la libertad económica que tanto mereces.

Como abogado en ley de segunda oportunidad en Alicante, también ejerzo como uno de los abogados para negociar deudas en Alicante. La experiencia y conocimiento de la legislación son herramientas esenciales para estos casos.

Como abogado Ley Segunda Oportunidad Alicante te guiaré en el proceso legal. También tendrás asesoramiento para tomar decisiones informadas en cada etapa. Cuenta conmigo para presentar una solicitud sólida y proteger tus intereses en el procedimiento judicial.

Precio abogado Ley Segunda Oportunidad en Alicante

Abogado Ley Segunda Oportunidad Alicante

Es normal que te preguntes cuánto te va a costar esto. Ten en cuenta que no es lo mismo un caso con tres acreedores que con doce, ni es igual si hay mucho patrimonio que si no lo hay, o si hay créditos privilegiados… Necesito saber todas estas cosas para poder ver la complejidad del asunto y decirte el precio de mis servicios.

Soy consciente de que si estás leyendo esto es porque tienes dificultades. Vamos a estudiar juntos tu caso y buscar un punto que sea justo para los dos.

Cuentas con una consulta inicial gratuita para explicarme tu caso. Sin compromiso por tu parte. Así podré hacerme una idea de la situación y estimar el coste de mis servicios como abogado. Aquí tienes el formulario de contacto.

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    Francisco Lavale
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