La contratación pública es fuente constante de conflictos y litigiosidad, dificultades de interpretación y frecuentes problemas. Es habitual tener que acudir a recursos contratación pública, como modo ordinario de «discutir» con la Administración en esta materia. El más frecuente es el recurso especial en materia de contratación.
El recurso especial en materia de contratación se contiene en los artículos 44 a 60 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. Permite que los licitadores discutan el contenido de los pliegos, o la valoración de los diferentes criterios de adjudicación. Podemos discutir cuando se excluye a un licitador del procedimiento. Se puede recurrir incluso la adjudicación realizada y hasta es posible paralizar el procedimiento de licitación.
Sin embargo, no es el único tipo de recurso que se puede plantear. Tampoco cabe en todos los casos ni contra cualquier tipo de acto. Los abogados nos ocupamos de buscar la mejor vía para defender los derechos de nuestro cliente frente a los abusos de la Administración.
Los recursos contratación pública aparecen incluso durante la ejecución del contrato: pueden suscitarse conflictos y hasta instar la resolución del contrato por incumplimiento de una de las partes.
Es posible llegar a resolver el contrato por los incumplimientos de las obligaciones de pago en plazo por parte de la Administración.
Además, las Administraciones suelen pagar con mucho retraso. A veces es necesario reclamar para que paguen. Y si no pagan a tiempo deben asumir el pago de intereses e indemnizaciones, que frecuentemente deben ser reclamadas para que las paguen.
Dado que los recursos en materia de contratación pública son una constante en estos procesos, cuente con un abogado experto en contratación pública para defender sus intereses en todas estas situaciones.
Porque la interpretación de la ley no siempre es sencilla y deben hacerse valer los derechos de las partes. Sus derechos.